El Tribunal de Juicio Oral en lo Penal de Osorno condenó hoy –lunes 8 de mayo- a Carlos Patricio González Delgado a la pena de cumplimiento efectivo de 5 años y un día, en calidad de autor del delito de sustracción de menores en grado de frustrado, y a 541 días de presidio, por su responsabilidad como autor del delito frustrado de secuestro. Ilícitos perpetrados en los meses de marzo y mayo de 2022, en la comuna de Río Negro.
En resolución unánime, el tribunal –constituido por los magistrados María Soledad Santana Cardemil (presidenta), Claudio Vicuña Melo y Edmundo Moller Bianchi (redactor)– aplicó, además, a González Delgado las penas accesorias legales de inhabilitación absoluta perpetua para cargos, oficios públicos y derechos políticos y la de inhabilitación absoluta para profesiones titulares mientras dure la condena.
Una vez que el fallo quede ejecutoriado, el tribunal dispuso que se proceda a la toma de muestras biológicas del sentenciado para determinar su huella genética e inclusión en el registro nacional de ADN de condenados.
El tribunal dio por acreditado, más allá de toda duda razonable que el 12 de marzo de 2022, a las 22:00 horas aproximadamente, la víctima, una mujer adulta, caminaba por calle Pedro Aguirre Cerda de la comuna de Río Negro, cuando fue empujada contra un auto por Carlos González Delgado, quien con un cuchillo le exigió que lo abrazara y siguiera sus instrucciones, amenazándola de muerte de no obedecer, ante lo cual la mujer accedió, siendo abrazada por el victimario. Ambos caminaron por unas dos cuadras hasta que forcejearon, provocando que el sujeto se deprendiera del cuchillo, logrando de esta forma que éste huyera.
Posteriormente, el 1 de mayo de 2022, alrededor de las 17:00 horas, en circunstancias de que la víctima, menor de edad, caminaba por el sector del Estadio Municipal de Río Negro, Carlos González Delgado, con un brazo la tomó por la espalda y con la otra mano le puso un paño en su boca , reteniéndola por un momento, trasladándola unos cuantos pasos hasta que ella le mordió la mano, mientras que un tercero, al ver la acción de González Delgado intervino gritándole, soltando éste a la menor para posteriormente huir del lugar.
FUENTE: Dirección de Comunicaciones del Poder Judicial.