Como cada semana, el abogado Gonzalo Neira abordó un tema de interés legal a través del programa de Asesoría Legal de Radio Purranque Fm. En esta reciente oportunidad, el profesional explicó a los auditores la diferencia entre la “tuición” y el “cuidado personal” de los hijos.
En este sentido, Neira, explicó que, la tuición es el derecho que tiene el padre, la madre o un tercero, de tener a su cargo a un menor. Mientras que, el cuidado personal es el conjunto de derechos y deberes respecto del cuidado, crianza y educación de los hijos. Dentro de estos deberes y derechos entra también la tuición.
En términos prácticos el concepto de “tuición” hace referencia a que el padre, madre u tercero debe vivir con sus hijos. Este concepto que fue cambiado por la Ley, hacía referencia sólo a vivir con el menor de edad, dejando fuera aspectos fundamentales como la educación y crianza de la persona.
Considerando esto, la ley se actualizó y comenzó a hacer uso del término de “cuidado personal”, donde se mantiene la exigencia de vivir con el menor pero, además, se incluye una serie de responsabilidades, tales como, el cuidado, la educación y la crianza, así lo señaló Gonzalo Neira.