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El abogado Gonzalo Neira explicó a los purranquinos cuáles son las causales legales de terminación de un contrato de trabajo, según lo establecido en el Código del Trabajo. Entre ellas, se destaca el acuerdo entre las partes de ponerle término, renuncia del trabajador, muerte del trabajador, vencimiento del plazo del contrato, término del trabajo acordado, caso fortuito o de fuerza mayor.
Neira, señaló que, también son causales de término de contrato las conductas indebidas y graves del trabajador, tales como falta de probidad, acoso sexual, maltrato físico contra el empleador u otro trabajador, injurias contra el empleador, conducta inmoral que afecte la empresa y acoso laboral. También al realizar actividades prohibidas en el contrato de trabajo, o no presentarse a sus labores sin causa justificada dos días seguidos o tres días en el mes.
Otras causales son actos, omisiones o imprudencias temerarias que afecten a la seguridad o al funcionamiento del establecimiento, a la seguridad, salud o a la actividad de los trabajadores. También, el perjuicio material causado intencionalmente en las instalaciones, maquinarias, herramientas, útiles de trabajo, productos o mercaderías.
Finalmente, el incumplimiento grave de las obligaciones que impone el contrato, necesidades de la empresa, establecimiento o servicio, desahucio escrito del empleador. Gonzalo Neira, señaló que, según la ley, todas estas causales de terminación de contrato de trabajo no dan derecho a solicitar una indemnización.