Esta semana, el abogado Gonzalo Neira, explicó a los Purranquinos respecto al derecho de los ascendientes a pedir pensión alimenticia, señalando que “el ejercicio del derecho de alimentos por parte de los adultos mayores podría ser un comienzo para solucionar el problema de muchos adultos mayores que viven abandonados en condiciones de miseria”.
En este sentido, Gonzalo Neira, sostuvo que, contrario a lo que se suele creer los ascendientes ya sea padres o abuelos, tienen derecho a demandar una pensión de alimentos. Y agregó que, el deber de atender las necesidades de los ascendientes es una obligación legal tan importante como dar alimentos a un hijo, aunque sea menos conocida.
GONZALO NEIRA – PROPIEDAD DE RADIO PURRANQUE
La tramitación para que un adulto mayor obtenga pensión alimenticia de parte de sus hijos o descendientes, es similar al proceso que ocurre en el caso de los hijos menores de edad. Por ello, se puede realizar con ayuda de un mediador particular o solicitar uno, y si no hay acuerdo en la mediación se debe recurrir al Tribunal de Familia.
Cabe destacar que, de conformidad al último inciso del artículo 324 del Código Civil, quedarán privado del derecho a pedir alimentos al hijo, el padre o la madre que le haya abandonado en su infancia, cuando la filiación haya sido establecida por medio de sentencia judicial contra su oposición.
GONZALO NEIRA – PROPIEDAD DE RADIO PURRANQUE