Como cada semana, el abogado Gonzalo Neira, explicó a los Purranquinos un nuevo tema de carácter legal, en esta ocasión, se refirió al divorcio y su diferencia con la anulación del matrimonio. En este sentido, la nueva Ley de Matrimonio Civil contempla la posibilidad de divorciarse y volver a casarse.
Además, Gonzalo Neira, explicó que, cuando las personas se divorcian, se les reconoce que estuvieron casadas anteriormente, es decir, que hubo un matrimonio válido. Sin embargo, en el caso de la anulación de matrimonio, el matrimonio se considera como si nunca hubiera existido. Esto pues la unión nunca fue legal.
Cualquiera de los cónyuges puede solicitar la acción de nulidad de matrimonio. Gonzalo Neira, agregó que, la excepción es que el matrimonio se haya celebrado por error o fuerza. En ese caso, podrá solicitar la nulidad del matrimonio únicamente el cónyuge que haya sufrida error o la fuerza.
En este sentido, el abogado, precisó que, también, hay casos en que terceros, pueden interponer la acción de nulidad de matrimonio, por ejemplo, si el matrimonio que sé que quiere declarar nulo, fue contraído por una persona menor de 16 años.